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Tan musulmanas o más, pero sin pañuelo

Director  |  29 de noviembre de 2019 (03:38 h.)
Dos mujeres con hijab
El presidente de la Comisión Islámica de España, Riay Tatary, sorprendentemente, se erige en intérprete del Corán cuando dice que el pañuelo “es una prescripción necesaria” para las mujeres musulmanas.

Por Ismael Ben Yusuf

A pesar de que los retos de la mujer musulmana van mucho más allá de cubrirse o descubrirse la cabeza, la obligatoriedad del velo sigue ocupando buena parte de la discusión sobre el empoderamiento de las musulmanas, su igualdad en derechos y obligaciones con respecto al hombre y la correcta interpretación de los textos del Corán.

Es evidente que muchos autoproclamados maestros de las diferentes escuelas de derecho islámico coinciden en que el Corán obliga a la mujer a cubrirse la cabeza e, incluso, el rostro. Ante esto, cabría preguntarse si no habría que promover escuelas alternativas a las tradicionales o, incluso, si debe ser la propia mujer musulmana la que, a la luz del sentido general de la Revelación, decida si debe o no cubrirse la cabeza.

En un momento en que muchas mezquitas y madrazas en España imponen el velo a sus fieles y alumnas, y tras las declaraciones del presidente de la Comisión Islámica de España, Riay Tatary, afirmando que el velo “es una prescripción necesaria” (en carta dirigida al director del Instituto Nº 1 de Gijón el pasado 11 de octubre), lo que de verdad se hace apremiante es debatir sobre si esa exigencia tiene un origen exclusivamente patriarcal y machista o, como alegan quienes son partidarios del hijab, es un imperativo divino indiscutible.

El Corán es muy claro cuando obliga o prohíbe —5:3: “Os está prohibido todo animal hallado muerto, la sangre, la carne de cerdo (…)”; 23:9 “Y cumplan con las oraciones prescritas”…— Pero, si acudimos a las escasas aleyas en que se hace referencia al vestuario de la mujer, no hallamos nunca esta forma taxativa. En 24:31 se lee: “Y di a las creyentes que bajen la vista con recato, que sean castas y no muestren más adorno que los que están a la vista, que cubran su escote con el velo”. No hay duda aquí de que es el escote lo que debe quedar cubierto por un jimar o manto, según esta aleya. De hecho, los historiadores refieren que ese era el modo habitual, en la Arabia preislámica, en que las mujeres de bien se diferenciaban de las prostitutas y las esclavas. Por supuesto que muchas cubrían su cabeza, como hacían también judías y cristianas, siguiendo la costumbre local y protegiendo el cabello de las finas arenas esparcidas por el viento. En 33:59 se puede leer: “¡Oh Profeta! Di a tus esposas, a tus hijas y a las demás mujeres creyentes, que deben abrocharse sus vestiduras externas: esto ayudará a que sean reconocidas y no sean importunadas…”. Es cierto que muchos traductores optan por la redacción alternativa “echarse por encima sus vestiduras externas”, pero los estudios léxicos son unánimes al respecto: yudnin significa abrochar, anudar o unir dos extremos; nunca echar por encima ni cubrir. Y jalabib es el plurar de jilbab, que significa siempre vestido (o chilaba). Así las cosas, sólo desde un interés particular muy concreto puede explicarse que alguien recurra a retorcer el léxico del Corán para conseguir que parezca que dice lo que, a todas luces, no dice.

Riay Tatary no tiene autoridad para dictaminar que la mujer musulmana está obligada a llevar el velo, como acaba de hacer a raíz de una polémica con una alumna en un colegio asturiano. Al expresarse así, discrimina y relega a una segunda categoría de perfección a todas las musulmanas que no usan el hijab, que son por cierto el 95% en todo el mundo (Nazanin Armanian, 2006). Tatary lapida con sus palabras la libertad de las musulmanas y, además, olvida que el Corán prohíbe los intermediarios entre el creyente y Dios y que “no cabe la coacción en la religión” (2:256).

Me parece muy peligroso que el hombre alegue que el cuerpo de la mujer debe quedar oculto para no despertar en ellos instintos o deseos inconvenientes. Al afirmar eso está tácitamente admitiendo que, si una mujer no se cubre como debiera, el hombre no es culpable de molestarla, incomodarla con expresiones de deseo o incluso acceder al contacto físico con ella. Ya sucede, por desgracia, en muchos países oficialmente islámicos que ciertos hombres se sienten legitimados a abusar sexualmente de las mujeres que visten como occidentales.

Sobre estos planteamientos, con los que musulmanes y musulmanas pudieran no estar de acuerdo, cabe por encima de todo reivindicar el derecho a que sea la propia mujer la que decida libremente si cubre su cabello o no y exigir a los poderes públicos que garanticen ese derecho tanto en un sentido como en el otro. Pero, en cualquier caso, la elección debe quedar fuera de cualquier imposición masculina o machista que pretenda, con ello, relegar a la mujer de la vida social, los negocios, la política o la religión.